Prevención de Riesgos Laborales Empleo de Hogar [4/4]: Preguntas Frecuentes (FAQ)

PRL Empleo de Hogar [44] Preguntas Frecuentes (FAQ)

Introducción breve

A continuación, se resuelven las dudas más habituales sobre la nueva normativa de prevención de riesgos laborales en el empleo de hogar, que será obligatoria a partir del 14 de noviembre de 2025.

Índice de preguntas

  1. ¿Quién está obligado a realizar la evaluación de riesgos?
  2. ¿Cómo se realiza la evaluación y el plan preventivo?
  3. ¿Qué ocurre si no hago la evaluación antes de la fecha límite?
  4. ¿Debe la empleada correr con los gastos de prevención?
  5. ¿Qué tipo de riesgos laborales se deben evaluar?
  6. ¿Cómo debo informar o formar a la empleada?
  7. ¿Cuándo hay que hacer reconocimientos médicos?
  8. ¿Puede la inspección entrar en mi domicilio?
  9. ¿Qué equipos de protección debo facilitar?
  10. ¿Qué hacer si cambian las condiciones de trabajo?

Preguntas y respuestas

  1. ¿Quién está obligado a realizar la evaluación de riesgos?
    Toda persona o familia que tenga empleadas de hogar en plantilla, independientemente de la relación laboral, la jornada o el tipo de tareas.​
  2. ¿Cómo se realiza la evaluación y el plan preventivo?
    A través de la herramienta gratuita Prevencion10.es, contestando a un cuestionario específico del domicilio y las tareas, se genera el documento que recoge riesgos y medidas para la empleada.​
  3. ¿Qué ocurre si no hago la evaluación antes de la fecha límite?
    Puede suponerte sanciones administrativas y, en caso de accidente laboral, la falta de medidas puede aumentar tu responsabilidad.​
  4. ¿Debe la empleada correr con los gastos de prevención?
    No, ningún gasto derivado de la prevención ni de los equipos de protección puede recaer sobre la trabajadora.​
  5. ¿Qué tipo de riesgos laborales se deben evaluar?
    Los que derivan de las características del domicilio y las tareas realizadas: productos de limpieza, caídas, máquinas, riesgos ergonómicos, electricidad, etc.​
  6. ¿Cómo debo informar o formar a la empleada?
    Debes entregarle copia de la evaluación y el plan de medidas, y permitir que realice la formación online gratuita coordinada por FUNDAE, preferiblemente durante la jornada laboral.​
  7. ¿Cuándo hay que hacer reconocimientos médicos?
    Al menos cada tres años, de forma voluntaria y gratuita, como parte de la vigilancia de la salud laboral.​
  8. ¿Puede la inspección entrar en mi domicilio?
    No sin tu consentimiento o autorización judicial, pero sí puede solicitar la documentación que acredite cumplimiento de la normativa.​
  9. ¿Qué equipos de protección debo facilitar?
    Según las tareas, pueden ser guantes, gafas, escaleras seguras, alfombrillas, mascarillas… siempre adaptados a los riesgos evaluados.​
  10. ¿Qué hacer si cambian las condiciones de trabajo?
    Revisar y actualizar la evaluación y el plan de medidas preventivas, informando de los cambios a la persona trabajadora.​

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